ASOLFER, recuerda que un aspecto muy importante a considerar para aplicar las bonificaciones de la formación programada por las empresas, es la obligatoriedad de informar a la Representación Legal de los Trabajadores de la misma si ésta lo tiene.

Si la empresa cuenta con Representación legal de los Trabajadores (RLT), la empresa deberá:

Antes del comienzo de los cursos, hay que presentar los mismos, a la representación legal de los trabajadores con una antelación mínima de 15 días antes del inicio de la acción formativa. Esta información deberá tener como mínimo los siguientes 8 aspectos: denominación, objetivos y descripción de las acciones a desarrollar, colectivos destinatarios y número de participantes, calendario de ejecución, medios pedagógicos, criterios de selección de los participantes, lugar previsto de impartición y balance de las acciones formativas desarrolladas el año anterior.

Deberá quedar constancia física de la entrega de la información a la RLT. Es muy importante este recibí o acuse de recibo ya que, en caso de inspección, la FTFE lo solicitará.

Se puede informar a la RLT de todo el plan de formación de forma conjunta (15 días antes de que inicie el primer curso); o acción por acción, 15 días antes de que inicie cada curso.

Si se manifiestan discrepancias con la RLT se puede acudir a la mediación sobre las mismas a la Comisión Paritaria competente.

La ejecución de las acciones formativas y su correspondiente bonificación sólo podrán iniciarse una vez resueltas estas discrepancias. El incumplimiento por parte de la empresa de la obligación de informar a la representación legal de los trabajadores impedirá el mantenimiento del derecho a la bonificación.